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Décision de pays ou tout autre communication (DEC)
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published: 03 sept. 2011 last updated: 13 janv. 2016
Amendement
Oui
  • BCH-DEC-CO-7124-7 Décision de pays ou tout autre communication Resolución 1005: Por la cual se autorizan siembras comerciales de algodón con la tecnología Bollgard® en las áreas algodoneras del Caribe seco colombiano.
    MON-ØØ531-6 - Bollgard™ cotton | Cotton
Ampliación de las áreas de siembra de algodón con la tecnología Bollgard® (MON 531) a las zonas agroecológica de la Orinoquia colombiana.
ES
Informations générales
Resolución No.2202 - "Por la cual se amplía la zona para siembra comercial de algodón con la tecnología Bollgard® (MON 531) en la zona agroecológica de la Orinoquia colombiana"
ES
14 août 2007
Non
Sujet de la décision, notification, communication ou déclaration :
  • Décisions sur les OVM destinés à une introduction intentionnelle dans l'environnement (conformément à l'article 10 ou au cadre réglementaire national)
OVM destinés à une introduction intentionnelle dans l'environnement
Non
Non
Non
Oui
Non
Résultat de la décision
Approbation de l'importation/utilisation de l'OVM avec conditions
Las semillas de las variedades que se importen deberán cumplir con los estándares de calidad establecidos en el país para la especie algodón y categoría de semillas, así como con los requisitos fitosanitarios y toda norma sobre evaluación agronómica, empaques y-o envases, rotulado, etiquetas y marbetería establecidos en
las Resoluciones ICA 1017 de 1997 y 148 de 2005.
Las siembras se harán cumpliendo las disposiciones de que tratan las Resoluciones 148 de 2005, 946 de 2006 y demás normas que tenga establecidas o establezca el ICA sobre la materia.
La Compañía Agrícola Colombiana Ltda. y Cia. S.C.A. queda obligada a realizar seguimiento a la tecnología durante los tres primeros años a partir de su liberación, cumpliendo lo estipulado en el plan de bioseguridad y manejo, enviando al ICA informes trimestrales sobre todas las acciones exigidas en el seguimiento a la tecnología.
ES
En cumplimiento de las disposiciones establecidas en ley 740 de 2002, el decreto 4525 de 2005, la resolución ICA 946 de 2006,  y demás normas vigentes sobre la materia.
ES
Évaluation des OVM et des risques
  • BCH-LMO-SCBD-14775-17 Organisme vivant modifié MON-ØØ531-6 - Bollgard™ cotton
    Monsanto | Résistance aux antibiotiques (Kanamycine, Néomycine), Résistance aux maladies et aux parasites (Insectes, Chenille tisseuse (papillons et mites))
  • BCH-RA-CO-109555-1 Évaluation des risques générée par un processus de réglementation Uso de algodón con la tecnología Bollgard® (MON 531) para siembra comercial en la zona agroecológica de la Orinoquia colombiana.
    MON-ØØ531-6 - Bollgard™ cotton | Cotton, Résistance aux maladies et aux parasites, Résistance aux antibiotiques
Document sur la décision, la communication, la notification ou la déclaration
Informations supplémentaires
"Ampliar la autorización dada mediante Resoluciones ICA 1247 y 3440 de 2003, y 1005 de 2004, al representante legal de la Compañía Agrícola Colombiana Ltda. & Cía. S.C.A., para siembras comerciales de semillas de algodón con la tecnología Bollgard (MON 531) en la zona agroecológica de la Orinoquia colombiana.
Las semillas de las variedades que se importen deberán cumplir con los estándares de calidad establecidos en el país para la especie algodón y categoría de semillas, así como con los requisitos fitosanitarios y toda norma sobre evaluación agronómica, empaques y-o envases, rotulado, etiquetas y marbetería establecidos en
las Resoluciones ICA 1017 de 1997 y 148 de 2005.
El uso de las variedades de algodón con la tecnología Bollgard® (MON 531) contará con un Plan de utilización y manejo, el cual contendrá todas las medidas de bioseguridad previstas que garanticen un uso seguro de esta nueva tecnología.
La Compañía Agrícola Colombiana Ltda. y Cia. S. C. A. queda obligada a realizar seguimiento a la tecnología durante los tres primeros años a partir de su liberación, cumpliendo lo estipulado en el plan de bioseguridad y manejo, enviando al ICA informes trimestrales sobre todas las acciones exigidas en el seguimiento a la tecnología durante el tiempo de que trata el presente Artículo."
ES