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Country's Decision or any other Communication (DEC)
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BCH-DEC-CO-47766-5   |   PDF   |   Print   |  
published: 09 Dec 2008 last updated: 04 Sep 2011
Amendment
No
General Information
Resolución No.2367-
EN
20 Aug 2007
No
Subject of the decision, notification, communication or declaration
  • Decision on LMOs for direct use as food or feed, or for processing (Article 11, LMOs-FFP)
LMOs for direct use as food or feed, or for processing (LMOs-FFP)
  • LMOs for direct use as feed
No
Result of the decision
Approval of the import and/or use of the LMO(s) with conditions
"La Compañía Agrícola Colombiana Ltda. & S. C. A deberá cumplir además las siguientes obligaciones:
1. El maíz con tecnología YIELDGARD DOS® (MON 89034) de que trata la presente resolución no puede ser destinado para introducción al medio ambiente, ni como material de semilla.
2. El maíz con tecnología YIELDGARD DOS® (MON 89034) de que trata la presente resolución no puede ser destinado para consumo humano.
3. Hacer seguimiento al maíz con tecnología YIELDGARD DOS® (MON 89034) hasta su consumo final.
4. Permitir al ICA la verificación supervisión, control y toma de muestras necesarias para el cumplimiento de su función.
5. Informar oportunamente al ICA el conocimiento de un riesgo o daño actual o inminente en materia de bioseguridad.
6. Aplicar oportuna y eficazmente las medidas de mitigación necesarias para un caso de emergencia.
7. Cumplir con las demás normas vigentes en materia de productos agropecuarios."
ES
"La Compañía Agrícola Colombiana Ltda. & S. C. A deberá cumplir además las siguientes obligaciones:
1. El maíz con tecnología YIELDGARD DOS® (MON 89034) de que trata la presente resolución no puede ser destinado para introducción al medio ambiente, ni como material de semilla.
2. El maíz con tecnología YIELDGARD DOS® (MON 89034) de que trata la presente resolución no puede ser destinado para consumo humano.
3. Hacer seguimiento al maíz con tecnología YIELDGARD DOS® (MON 89034) hasta su consumo final.
4. Permitir al ICA la verificación supervisión, control y toma de muestras necesarias para el cumplimiento de su función.
5. Informar oportunamente al ICA el conocimiento de un riesgo o daño actual o inminente en materia de bioseguridad.
6. Aplicar oportuna y eficazmente las medidas de mitigación necesarias para un caso de emergencia.
7. Cumplir con las demás normas vigentes en materia de productos agropecuarios."
ES
LMO identification & risk assessment
  • BCH-LMO-SCBD-43773-18 Living Modified Organism MON-89Ø34-3 - YieldGard™ VT Pro™
    Resistance to diseases and pests (Insects, Lepidoptera (butterflies and moths))
  • BCH-RA-CO-102218-1 This linked record has been deleted. Risk Assessment generated by a regulatory process No especificado
    MON-Ø1445-2 - Roundup Ready™ cotton | Cotton, Resistance to herbicides, Resistance to antibiotics
Document on the decision, communication, notification or declaration
Additional Information
Por la cual se establece que el maíz con tecnología YIELDGARD DOS ® (MON 89034) es apto para consumo como alimento de animales domésticos en Colombia.

Suggested methods for safe handling, storage, transport and use: La Compañía Agrícola Colombiana Ltda. & S. C. A deberá cumplir además las siguientes obligaciones:
1. El maíz con tecnología YIELDGARD DOS® (MON 89034) de que trata la presente resolución no puede ser destinado para introducción al medio ambiente, ni como material de semilla.
2. El maíz con tecnología YIELDGARD DOS® (MON 89034) de que trata la presente resolución no puede ser destinado para consumo humano.
3. Hacer seguimiento al maíz con tecnología YIELDGARD DOS® (MON 89034) hasta su consumo final.
4. Permitir al ICA la verificación supervisión, control y toma de muestras necesarias para el cumplimiento de su función.
5. Informar oportunamente al ICA el conocimiento de un riesgo o daño actual o inminente en materia de bioseguridad.
6. Aplicar oportuna y eficazmente las medidas de mitigación necesarias para un caso de emergencia.
7. Cumplir con las demás normas vigentes en materia de productos agropecuarios.
EN