Loading...
This record has been deleted. Since it is linked to a published record, it is available here for reference purposes only.
Click here to view the deleted recordThis document has been updated. This is not the latest published version. Click here to view the latest version of the record.
Country's Decision or any other Communication
(DEC)
published: 05 Jun 2017
last updated: 28 Nov 2017
No
AlgodónCot-102
ES
01 Jun 2017
No
- Decision on LMOs for intentional introduction into the environment (according to Article 10 or domestic regulatory framework)
Approval of the import and/or use of the LMO(s) with conditions
El Cot 102. con identificador único SY-102-7 Fue aprobado por la Unidad de Organismos Genéticamente Modificado del Servicio Fitosanitario del Estado únicamente para la reproducción de Semilla
ES
Contra estación
ES
-
BCH-LMO-SCBD-14992-10 Living Modified Organism SYN-IR1Ø2-7 - VIPCOT™ CottonSyngenta | Resistance to antibiotics (Hygromycin), Resistance to diseases and pests (Insects, Lepidoptera (butterflies and moths)), Selectable marker genes and reporter genes
-
BCH-RA-CR-46428-5 Risk Assessment generated by a regulatory process ALGODON COT102 (SYN-IR102-7)SYN-IR1Ø2-7 - VIPCOT™ Cotton | Cotton, Resistance to diseases and pests, Resistance to antibiotics
La Unidad de Organismos Genéticamente Modificados, con sustento en el acuerdo N° 1 del artículo V de la sesión ordinaria SO-002-2016 y acuerdos 3, 4 y 5 del artículo V de la sesión ordinaria N° SO-02-2017, de la Comisión Técnica Nacional en Bioseguridad, que emitió dictamen vinculante favorable, mediante Resolución N° 001-2017UOGM, resuelve: aprobar a la empresa Bayer S. A., cédula jurídica 3-101-036070, la actividad de introducción de semilla de algodón COT 102 Identificador único SYR-IR102-7, que contiene el gen vip 3A(a), que expresa la proteína VIP3A que le confiere resistencia a larvas de insectos lepidópteros con el objetivo único de siembra para la multiplicación de semilla y posterior exportación, bajo medidas de bioseguridad y el control por parte del SFE. El evento autorizado se realizará en la localidad de Cañas Dulces, distrito Cañas Dulces, cantón Liberia, provincia Guanacaste.
Evaluación de riesgo (posibles impactos identificados): efecto negativo en la salud humana, resultado: riesgo nulo/flujo de genes a parientes silvestres, resultado: riesgo insignificante/Impacto en organismos no blanco: riesgo insignificante o bajo /Impacto en otras actividades productivas, resultado: riesgo bajo o moderado/El cultivo de algodón se convierta en maleza, resultado: riesgo bajo o insignificante/Supervivencia de plantas de algodón al competir con flora nativa, resultado: insignificante/ Eliminación de plantas voluntarias, resultado: muy fácil de eliminar. Como consecuencia, se emite el Certificado de Liberación al Ambiente BCA-08, para la importación y liberación de Algodón genéticamente modificado, de nombre comercial COT-102. Lo anterior con fundamento en los artículos 40 y 41 de Ley de Protección Fitosanitaria, Ley N° 7664, 117 al 134 Reglamento a la Ley de Protección Fitosanitaria, Decreto N° 26921-MAG y el “Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica”, Ley N° 8537. A las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tengan interés, se les otorgan un plazo de 3 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta, para interponer los recursos ordinarios de revocatoria o apelación. Cualquier consulta sobre información pública será ante la Unidad de Organismos Genéticamente Modificados del SFE.—Ing. Leda Madrigal Sandí, Jefa a.c. Unidad de OGM.—1 vez.—( IN2017136425 ).
ES
Evaluación de riesgo (posibles impactos identificados): efecto negativo en la salud humana, resultado: riesgo nulo/flujo de genes a parientes silvestres, resultado: riesgo insignificante/Impacto en organismos no blanco: riesgo insignificante o bajo /Impacto en otras actividades productivas, resultado: riesgo bajo o moderado/El cultivo de algodón se convierta en maleza, resultado: riesgo bajo o insignificante/Supervivencia de plantas de algodón al competir con flora nativa, resultado: insignificante/ Eliminación de plantas voluntarias, resultado: muy fácil de eliminar. Como consecuencia, se emite el Certificado de Liberación al Ambiente BCA-08, para la importación y liberación de Algodón genéticamente modificado, de nombre comercial COT-102. Lo anterior con fundamento en los artículos 40 y 41 de Ley de Protección Fitosanitaria, Ley N° 7664, 117 al 134 Reglamento a la Ley de Protección Fitosanitaria, Decreto N° 26921-MAG y el “Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica”, Ley N° 8537. A las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tengan interés, se les otorgan un plazo de 3 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta, para interponer los recursos ordinarios de revocatoria o apelación. Cualquier consulta sobre información pública será ante la Unidad de Organismos Genéticamente Modificados del SFE.—Ing. Leda Madrigal Sandí, Jefa a.c. Unidad de OGM.—1 vez.—( IN2017136425 ).
- BCA-08_Edicto 1.pdf [ Spanish ]