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Country's Decision or any other Communication
(DEC)
last updated: 04 Mar 2014
No
Resolución 3574: Por la cual se autoriza siembras controladas de maíz MIR162 (SYN-IR162-4) para las subregiones naturales caribe Húmedo y Orinoquia colombiana.
ES
28 Sep 2012
No
- Decision on LMOs for intentional introduction into the environment (according to Article 10 or domestic regulatory framework)
- Decision taken in accordance with your domestic regulatory framework
Yes
-
Bogotá, Bogotá D.C.Person:Syngenta S.A.
, ColombiaPhone: +5 71 6538777,Fax:Email: contacto@syngenta.com,Website:Related OrganizationSyngenta S.A. ()
-
Bogotá, Bogotá D.C.Person:Syngenta S.A.
, ColombiaPhone: +5 71 6538777,Fax:Email: contacto@syngenta.com,Website:Related OrganizationSyngenta S.A. ()
No
Yes
Yes
Approval of the import and/or use of the LMO(s) with conditions
Las semillas que se importen deberán cumplir con los estándares de calidad establecidos en el país para la especie maíz y categoría de semillas, así como con los requisitos fitosanitarios y toda norma sobre evaluación agronómica, empaques y-o envases, rotulado, etiquetas y marbetería establecida en la Resolución 397 de 1974 de MinAgricuItura; 716 de 1999 y 970 de 2010 del ICA.
Para autorizar las cantidades a importar la compañía deberá enviar al ICA, antes de cada cosecha, un listado de los agricultores interesados en realizar las siembras señalando ubicación del predio y área a sembrar. Las siembras no se podrán hacer en áreas de resguardos indígenas y siempre dejando como mínimo 300 metros de distancia de cultivos de maíces convencionales. El ICA podrá no autorizar siembras dependiendo del caso.
La empres Syngenta S.A., queda obligada a realizar seguimiento a la tecnología cumpliendo lo estipulado en el plan de bioseguridad y manejo enviando al ICA informes de todas las acciones exigidas en el seguimiento a la tecnología.
ES
Para autorizar las cantidades a importar la compañía deberá enviar al ICA, antes de cada cosecha, un listado de los agricultores interesados en realizar las siembras señalando ubicación del predio y área a sembrar. Las siembras no se podrán hacer en áreas de resguardos indígenas y siempre dejando como mínimo 300 metros de distancia de cultivos de maíces convencionales. El ICA podrá no autorizar siembras dependiendo del caso.
La empres Syngenta S.A., queda obligada a realizar seguimiento a la tecnología cumpliendo lo estipulado en el plan de bioseguridad y manejo enviando al ICA informes de todas las acciones exigidas en el seguimiento a la tecnología.
En cumplimiento de las disposiciones establecidas en ley 740 de 2002, el decreto 4525 de 2005, la resolución ICA 946 de 2006, y demás normas vigentes sobre la materia.
ES
-
BCH-LMO-SCBD-100885-13 Living Modified Organism SYN-IR162-4 - Agrisure™ Viptera maizeResistance to diseases and pests (Insects, Lepidoptera (butterflies and moths))
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BCH-RA-CO-105354-1 Risk Assessment generated by a regulatory process Uso de maíz MIR162 (SYN-IR162-4) para las subregiones naturales caribe Húmedo y Orinoquia colombiana.SYN-IR162-4 - Agrisure™ Viptera maize | Maize, Corn, MAIZE, Resistance to diseases and pests
- Res 3574 de 2012 maiz MIR162 siembras.pdf [ Spanish ]