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Country's Decision or any other Communication (DEC)
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BCH-DEC-CO-102249-2   |   PDF   |   Print   |  
published: 03 Sep 2011 last updated: 13 Jan 2016
Amendment
Yes
  • BCH-DEC-CO-102243-2 Country's Decision or any other Communication Resolución 1726: Por la cual se autorizan siembras comerciales de algodón con la tecnología conjunta Bollgard II / Roundup Ready Flex® (15985) X (88913) en el Alto Magdalena y Valle del Cauca.
    MON-88913-8 x MON-15985-7 - Roundup Ready™ Flex™ Bollgard II™ cotton | Cotton
Ampliar las áreas de siembre a las zonas agroecológicas del Caribe húmedo, Caribe seco y Orinoquia colombiana.
ES
General Information
Resolución 2203: Por la cual se amplían las zonas para siembras comerciales de algodón con la tecnología conjunta BOLLGARD II / ROUNDUP READY FLEX® ® (15985) x (88913) en las zonas agroecológicas del Caribe húmedo, Caribe seco y Orinoquia colombiana
ES
14 Aug 2007
No
Subject of the decision, notification, communication or declaration
  • Decision on LMOs for intentional introduction into the environment (according to Article 10 or domestic regulatory framework)
LMOs for intentional introduction into the environment
No
No
No
Yes
No
Result of the decision
Approval of the import and/or use of the LMO(s) with conditions
Las siembras se harán cumpliendo las disposiciones de que tratan las Resoluciones 148 de 2005, 946 de 2006 y demás normas que tenga establecidas o establezca el ICA sobre la materia.
La Compañía Agrícola Colombiana Ltda. y Cía. S.C.A. queda obligada a realizar seguimiento a la tecnología durante los tres primeros años a partir de su liberación, cumpliendo lo estipulado en el plan de bioseguridad y manejo, enviando al ICA informes trimestrales sobre toda las acciones exigidas en el seguimiento a la tecnología.
ES
En cumplimiento de las disposiciones establecidas en ley 740 de 2002, el decreto 4525 de 2005, la resolución ICA 946 de 2006,  y demás normas vigentes sobre la materia.
ES
LMO identification & risk assessment
  • BCH-LMO-SCBD-15215-11 Living Modified Organism MON-88913-8 × MON-15985-7 - Roundup Ready™ Flex™ Bollgard II™ cotton
    Monsanto | Resistance to antibiotics (Kanamycin, Streptomycin), Resistance to diseases and pests (Insects, Lepidoptera (butterflies and moths)), Resistance to herbicides (Glyphosate)
  • BCH-RA-CO-109554-1 Risk Assessment generated by a regulatory process Uso de algodón con la tecnología conjunta BOLLGARD II / ROUNDUP READY FLEX® ® (15985) x (88913) para siembras comerciales en las zonas agroecológicas del Caribe húmedo, Caribe seco y Orinoquia colombiana.
    MON-88913-8 x MON-15985-7 - Roundup Ready™ Flex™ Bollgard II™ cotton | Cotton, Resistance to diseases and pests, Resistance to herbicides, Resistance to antibiotics
Document on the decision, communication, notification or declaration
Additional Information
"Ampliar la autorización dada mediante Resolución ICA No.1726 de 2007, al representante legal de la Compañía Agrícola Colombiana Ltda. & Cía. S.C.A.,
para siembras comerciales de algodón con la
tecnología conjunta Bollgard II / Roundup Ready Flex (15985) x (88913) en las zonas agroecológicas del Caribe húmedo, Caribe seco y Orinoquia colombiana.
Las semillas de las variedades que se importen deberán cumplir con los estándares de calidad establecidos en el país para la especie algodón y categoría de semillas, así como con los requisitos fitosanitarios y toda norma sobre evaluación agronómica, empaques y-o envases, rotulado, etiquetas y marbeteria establecidos en las Resoluciones ICA 1017 de 1997 y 148 de 2005.
El uso de las variedades de algodón con la tecnología conjunta Bollgard II / Roundup Ready Flex (15985) x (88913) contará con un Plan de utilización y manejo, el cual contendrá todas las medidas de bioseguridad previstas que garanticen un uso seguro de esta nueva tecnología.
Las siembras se harán cumpliendo las disposiciones de que tratan las Resoluciones 148 de 2005, 946 de 2006 y demás normas que tenga establecidas o establezca el ICA sobre la materia.
La Compañía Agrícola Colombiana Ltda. y Cía. S. C. A. queda obligada a realizar seguimiento a la tecnología durante los tres primeros años a partir de su liberación, cumpliendo lo estipulado en el plan de bioseguridad y manejo, enviando al ICA informes trimestrales sobre toda las acciones exigidas en el seguimiento a la tecnología durante el tiempo de que trata el presente Artículo."
ES